Urbanización

Propuesta de urbanización de los Barrios Populares

La propuesta revela que según datos recabados en 2016, más de cuatro millones de personas que habitan los 4.416 barrios populares, los cuales ocupan 44.425 hectáreas de todo el territorio nacional.

El 99 por ciento de los hogares no tiene acceso a gas natural; el 98 no accede de manera formal a la a la red cloacal; el 91 no tiene acceso formal al agua corriente y el 70 por ciento no está conectado a la red formal de energía eléctrica.

El Plan Nacional de Barrios Populares prevé un abordaje en base a cinco ejes: Integración urbana, vivienda, integración social, gobierno y participación popular, acceso al suelo urbano.

La integración urbana incluye desde la construcción de redes y conexiones de agua potable, cloacas y electricidad; hasta asfalto, recolección de basura y acceso a redes de telecomunicación. El ítem sobre vivienda contiene el acceso a créditos de mejoramiento y ampliación para ejecución de obras, como así también la posibilidad de acceder a artículos para equipar los hogares.

En materia de integración social, se entiende la necesidad de centros de salud, escuelas, espacios deportivos y clubes de barrios. Asimismo, contiene mecanismos para garantizar la participación y el protagonismo de los propios ciudadanos en el entorno en el que viven y se desarrollan.

Entre los principales lineamientos de esta propuesta se encuentra la inclusión de los trabajadores de la economía popular en la construcción de las obras, participación de los vecinos y vecinas en las decisiones y una perspectiva de género que atraviese todo el proceso, contemplando las necesidades de las mujeres en el pleno acceso a derechos.

Antecedentes

En octubre del año pasado, el proyecto de ley impulsado desde organizaciones populares y tomado por Cambiemos, fue votado como parte de un paquete sin debate a propuesta del jefe del bloque Justicialista, Miguel Pichetto.

La ley declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están asentados los barrios populares, con participación obligatoria de las provincias y municipios involucrados.

Sólo serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (Renabap) y cuya propiedad no sea del Estado Nacional.

La organización Techo define al asentamiento como “un mínimo de ocho familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de población no cuente con título de propiedad del suelo ni con acceso regular al menos dos de los servicios básicos: red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario o red cloacal”.

El sujeto expropiante de la ley será la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que junto al ministerio de Desarrollo Social deberá celebrar acuerdos con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de transferir los bienes inmuebles que estén bajo su titularidad.

Todos los gastos que se deriven de los convenios “serán afrontados en partes iguales por las jurisdicciones firmantes”. Pero además, se autoriza al PEN a crear un fideicomiso “con el objeto de financiar la totalidad de las actividades que resulten necesarias para llevar adelante el objeto de la ley”.

La norma también establece la suspensión de los eventuales desalojos que puedan estar en curso mientras se desarrolla el proceso de regularización dominial.

Datos

Según el relevamiento de 2016, la pirámide poblacional revela que, en villas y asentamientos, la población infantil representa más de la mitad del total.

El relevamiento refleja, además, la relevancia femenina en la vida social de los barrios: En el 65 por ciento de los hogares, las responsables son mujeres. Además, el 85 por ciento de los hogares monoparentales también se encuentran a cargo de mujeres. Sin embargo, sólo del 30 por ciento de ellas percibe remuneración por su trabajo; mientras que en el caso de los varones esa cifra asciende al 79 por ciento.

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